RESOLUCION GENERAL AREF N° 122/19

LEY 1255- Reducción de alícuotas para determinadas actividades. Fondo de Financiamiento de Servicios Sociales. Alícuotas diferenciales adicionales
30 enero, 2019
RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 563/19.-
15 agosto, 2019

USHUAIA, 21 de Febrero de 2019.

VISTO las Leyes Provinciales Nros. 1074 y 1075, la Resolución General AREF Nº 837/18; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General AREF Nº 837/18 se estableció un régimen de facilidades de pago, para la cancelación de las obligaciones fiscales vencidas al 31/10/2018, en atención a la situación especial de crisis en sectores de la economía, con la finalidad de permitir la regularización de deudas bajo un régimen de facilidades pago de hasta 48 cuotas, cada una de las cuales no podría ser inferior a PESOS VEINTE MIL ($ 20.000.-).

Que mediante el artículo 9° de dicha la mencionada Resolución, se dispuso que los contribuyentes y/o responsables que decidieran adherirse al mencionado régimen, deberían hacerlo con anterioridad al 26 de Febrero de 2019, debiendo cumplir con determinados requisitos.

Que asimismo, se facultó a la Dirección Ejecutiva a prorrogar por única vez el acogimiento al régimen de facilidades de pago por un plazo adicional de 30 días a contar desde su vencimiento.

Que en atención a la realidad socio-económica imperante, resulta atendible extender la vigencia del mentado régimen de facilidades de pago.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido por los artículos 8° y 9° incisos a), l) y q) de la Ley Provincial N° 1074, los artículos 27 y 29 incisos b) y h) de la Ley Provincial N° 1075, el Decreto Provincial Nº 1952/18 y el artículo 9 de la Resolución General AREF N° 837/18.

Por ello:

  EL DIRECTOR EJECUTIVO

  DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

  R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar por única vez el plazo para la adhesión al régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General AREF N° 837/18 hasta el día 27 de Marzo de 2019 inclusive.

ARTÍCULO 2°.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 122/19.