Resolución Gral. AREF N° 292/17

Resolución Gral. AREF N° 268/ 17
26 abril, 2017
Resolución General AREF N° 392/17
23 mayo, 2017

USHUAIA, 4 DE MAYO DE 2017

VISTO: Las Resoluciones Generales AREF Nros. 101/17, 108/17 y 267/17 y las Leyes Provinciales Nros 1074 y 1075, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General AREF Nº 101/17 se aprobó la estructura política y orgánica de esta Agencia de Recaudación Fueguina.

Que por medio de la Resolución General AREF Nº 108/17, se delegó en cabeza del Director de Fiscalización del Distrito Río Grande, Ushuaia y CABA determinadas facultades que competen al Director Ejecutivo, a fin de agilizar las gestiones y el cumplimiento de los objetivos, tales como: instruir sumarios y aplicar sanciones por infracciones a los deberes formales, certificar deudas, suscribir las constancias de otorgamiento del beneficio Tasa Cero (0) y los Certificados de Exención, entre otras. Ello de conformidad con la facultad otorgada al Director Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 inciso h de la Ley Provincial N° 1074.

Que a través de la Resolución General AREF Nº 267/17 se estableció el procedimiento para hacer efectiva la sanción de clausura, una vez firme la misma, en concordancia con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Provincial N° 1075.

Que el Artículo 4° de la Ley Provincial Nº 1074 establece las facultades de la Agencia de Recaudación Fueguina, entra las cuales se encuentra la de “solicitar el auxilio de la fuerza pública de los organismos de seguridad nacionales y/o provinciales y requerir de su colaboración para el cumplimiento de sus competencias” (inciso c).

Que resulta necesario delegar la facultad otorgada en el artículo 4 inciso c, en el marco del procedimiento de clausura previsto en los artículos 103 y siguientes de la Ley Provincial N° 1075 a los Directores de Fiscalización de los Distritos Río Grande y Ushuaia.

Que la facultad aquí delegada deberá ser usada de modo restrictivo y en supuestos de última ratio.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido en los Artículo 27 y 28 de la Ley Provincial N° 1075, artículo 8 inciso h) de la Ley Provincial N° 1074 y el Decreto Provincial Nº 045/16.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°.Delegar en cabeza del Director de Fiscalización Distrito Río Grande y Ushuaia, respectivamente, la facultad para solicitar el auxilio de la fuerza pública de organismos de seguridad nacionales y/o provinciales y requerir su colaboración cuando las circunstancias del caso lo ameriten a efectos de proceder a hacer efectiva la clausura en el marco del procedimiento establecido en los artículos 103 y concordantes de la Ley Provincial N° 1075. Ello por los motivos expuestos en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución complementa a la Resolución General AREF Nº 267/17 y entrará en vigencia en forma concomitante con aquella.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese

RESOLUCIÓN GENERAL AREF 292 /17