Resolución Gral. AREF N° 401/16

Resolución General AREF N° 380/ 16
19 octubre, 2016
Resolución Gral. AREF N° 517/16
15 diciembre, 2016

USHUAIA, 28 de Octubre de 2016

VISTO: La Ley Provincial N° 1102 y las Resoluciones Generales AREF Nros. 212/16 , 339/16 y 369/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley del Visto se estableció un Régimen de Regularización de Deudas, entre el 1° de agosto y el 30 de septiembre del corriente año, para todos los tributos comprendidos en la parte especial del Código Fiscal Unificado -Ley Provincial N° 1075- y del Código Fiscal -Ley Provincial N° 439- y los creados por leyes especiales, cuyos vencimientos hayan operado antes del 31 de julio de 2016, cualquiera sea el estado en que se encuentre su pretensión, incluso las cuestionadas o pretendidas en causas judiciales.

Que mediante la Resolución General AREF N° 339/16 se dispuso prorrogar por el término de quince (15) días corridos el citado Régimen.

Que por imperio de la Resolución General AREF N° 369/16 se dispuso prorrogar hasta día veintiocho (28) de octubre de 2016, inclusive, el régimen aludido en el primer párrafo de la presente.

Que atento al gran número de suscripciones efectuadas a la fecha y a efectos de permitir que la totalidad del universo de contribuyentes o responsables pueda regularizar su situación fiscal ante esta Agencia, en tiempo y forma, se juzga conveniente prorrogar el plazo para el pago de las suscripciones efectuadas hasta el veintiocho (28) de octubre, ya sea que se haya optado por el pago al contado o por financiar la totalidad de la deuda a regularizar.

Que lo antedicho obedece a que esta Agencia debe verificar todos los importes, conceptos y períodos que el contribuyente o responsable declare en el formulario de suscripción, con la base de datos obrante en el este Organismo y, en caso de corresponder, proceder a intimarlo a efectos de que rectifique los conceptos o períodos volcados en el Formulario de suscripción en base a las constancias obrantes en esta Agencia.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Provincial N° 1102, los artículos 27 y 29 inciso h) de la Ley Provincial N° 1075, los artículos 8° y 9° inciso a), q) y u) de la Ley Provincial 1074 y el Decreto Provincial Nº 045/16.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar el plazo para el pago en una (1) sola cuota y el valor del anticipo (cuota 1) indicado en el Artículo 4.3 de la Resolución General AREF N° 212/16 de las suscripciones efectuadas en el marco del Régimen de la Ley Provincial N° 1102 hasta el veinticinco (25) de Noviembre del corriente año. Ello por los argumentos expuestos en el exordio.

ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución General entrará en vigencia el treinta y uno (31) de octubre del corriente año.

ARTÍCULO 3º.-Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y, cumplido, archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 401/16