Resolución General AREF N° 090/17

Resolución Gral. AREF N° 092/17
15 febrero, 2017
Resolución Gral. Aref N° 153/17
23 marzo, 2017

Ushuaia, 15 de Febrero de 2017

VISTO la Resolución General AREF N° 487/16; y


CONSIDERANDO:

Que la Resolución citada en el VISTO establece los días de vencimientos de las Declaraciones Juradas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos locales en función al dígito verificador.

Que los días 17, 20 y 21 de febrero del presente año, la Asociación Bancaria convocará a un paro de actividades, afectando con ello el normal flujo comercial y financiero de la jornada.

Que el próximo 17 de febrero opera el vencimiento para el pago de las declaraciones juradas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, anticipo 01/17, correspondiente a los contribuyentes con dígito verificador 8, 9 y A.

Que por tal motivo, deviene procedente tener por presentadas y abonadas en término hasta el día 22 de febrero de 2017, las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyo vencimiento opera el día 17 de febrero de 2017.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido en los Artículos 27 y 29 incisos b) y g) del Código Fiscal vigente -Ley Pcial 1075-, los Artículos 8° y 9° incisos l) y n) de la Ley Provincial 1074 y el Decreto Provincial N° 045/16.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°: Tener por presentadas y abonadas en término hasta el día 22 de febrero de 2017, las declaraciones juradas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyo vencimiento opera el próximo 17 del mismo mes y año, por los argumentos expuestos en el exordio.

ARTÍCULO 2°: Registrar, notificar, dar al boletín oficial de la Provincia y, cumplido, archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF090 /17.-