RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 261/20

SE PRORROGA HASTA EL 6 DE ABRIL EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS PARA REGULACIÓN DE DEUDAS
5 marzo, 2020
RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 299/20.-
17 marzo, 2020

USHUAIA, 11 de Marzo de 2020.

VISTO: el Artículo 35 del Código Fiscal unificado (Ley Provincial 1075 y modificatorias), y

CONSIDERANDO:

Que el citado artículo faculta a esta Agencia a implementar un mecanismo que permita a los contribuyentes y/o responsables otorgar poder a favor de terceros con el objeto de que éstos últimos realicen en su nombre y representación distintos actos, trámites y gestiones vinculados con su situación frente al Impuesto sobre los Ingresos Bruto ante este Organismo.

Que se entiende que la creación de un Formulario Acta Poder adecuado a los procesos actuales brindará notables beneficios a los contribuyentes y/o responsables como así también a esta Agencia en lo que se refiere a la acreditación de personería para la realización de los distintos trámites.

Que ante lo expuesto deviene procedente establecer un nuevo Formulario Acta Poder y establecer que los poderes otorgados por la (ex) Dirección General de Rentas continuarán en vigencia hasta tanto alguna de las partes comunique fehacientemente ante esta Agencia la revocación del mandato.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido por los artículos 26 y 29 inciso b) de la Ley Provincial N° 1075, los artículos 8° y 9° inciso d) de la Ley Provincial N° 1074 y el Decreto Provincial Nº 4503/19.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Formulario “Acta Poder para Actuar ante la Agencia de Recaudación Fueguina” obrante como Anexo I de la presente, a efectos de que los contribuyentes y/o responsables faculten a terceros para actuar ante este Organismo en su nombre y representación.

ARTÍCULO 2°.- HACER SABER que los poderes otorgados por la ex Dirección General de Rentas continuarán vigentes hasta tanto alguna de las partes comunique fehacientemente a esta Agencia la revocación del mandato.

ARTÍCULO 3°.- Registrar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y, cumplido, archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 261/20.-

Descargar Anexo I – https://www.aref.gob.ar/wp-content/uploads/2020/03/Poder-anexo-Resolución-General-AREF-Nº-261-20.pdf