RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 185/25.-

RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 113/25.-
18 febrero, 2025
RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 205/25.-
31 marzo, 2025

USHUAIA, 19 de Marzo de 2025.

VISTO El Artículo 79 del Código Fiscal (Ley Provincial Nº 1075, t.o. 2022) y la Ley Provincial N.º 1557 y sus respectivas reglamentaciones; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 citado faculta a esta Agencia a establecer por vía reglamentaria Planes de Facilidades de Pagos para la regularización de las deudas por todo concepto. En virtud de ello, se han dictado entre otras, las Resoluciones Generales AREF Nros. 052/16, 400/21, 632/21, 007/22, 474/22, 990/23 y 581/24.

Que por medio de la Resolución General AREF Nº 782/24 se reglamentó el Régimen Especial de Presentación Espontánea y Regularización de Deudas establecido por la Ley Provincial Nº 1557.

Que en las citadas normas se estableció como medio de pago habilitado para la cancelación de las cuotas de los planes de pago el débito directo de cuentas abiertas de los obligados.

Que debido a inconvenientes en el procesamiento y carga de información, no se han podido ejecutar el débito directo de las cuotas de los planes de pago generales y los suscriptos en el marco del Régimen Especial cuyos vencimientos operaban entre los días diecisiete (17) y veinte (20) de marzo de 2025.

Que en atención a ello, se muestra prudente modificar el vencimiento de las cuotas de los Planes de Pagos (generales y especial) que no pudieron ser debitadas de las cuentas bancarias informadas oportunamente por los obligados.

Que debido a que la demora en el cobro no es atribuible a los contribuyentes o responsables obligados del pago, resulta razonable mantener el importe de la cuota a debitar sin adicionar recargos.

Que ha tomado intervención la Directora de Análisis Normativo, dependiente de la Dirección General Técnico Institución previo al dictado de la presente.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido en los artículos 8° y 9° inciso b) de la Ley Provincial Nº 1074, los artículos 27 y 29 inciso b) del Código Fiscal Unificado (Ley Provincial Nº 1075) y el Decreto Provincial Nº 3134/23.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Fijar para el día veintiséis (26) de marzo del corriente año el vencimiento de las cuotas de los Planes de Pago adheridos conforme a la reglamentación vigente que debían ser debitadas de las cuentas bancarias informadas por los obligados entre los días diecisiete (17) y veinte 20 de marzo de 2025, por los argumentos expuestos.

ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y cumplido, archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 185/25.-