USHUAIA, 02 de Mayo de 2022.
VISTO la Resolución General AREF N° 315/22; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución del Visto se Modifico el artículo 1° de la Resolución General AREF Nº 616/21, la cual estableció que los Agentes incluidos en el Anexo I de la misma serán dados de baja definitiva como Agentes de Recaudación a partir del primero (01) de junio del corriente año.
Que por un error administrativo involuntario se registró el Anexo I de la Resolución General mencionada en el Visto bajo un número incorrecto, siendo procedente su registración en los siguientes términos: “ ANEXO I – RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 315/22.-”.
Que en su consecuencia corresponde modificar el registro del Anexo I de la Resolución General AREF Nº 315/22.
Que el suscripto se encuentra facultado para la emisión del presente acto, en virtud de lo establecido en los artículos 8° y 9° inciso d) de la Ley Provincial 1074 y en el Decreto Provincial N° 4503/19.
Por ello:
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el registro del Anexo I de la Resolución General AREF Nº 315/22 en donde dice “ANEXO I – RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 329/22.-” deberá leerse “ANEXO I – RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 315/22.-”. Ello por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, cumplido, archivar.
RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 330/22.-