RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 336/23.

Artículo Nº 19 del Decreto Provincial Nº1845/18
17 abril, 2023
EL GOBERNADOR MELELLA RECORRIÓ LAS OBRAS DE REMODELACIÓN DEL EDIFICIO DE AREF EN RÍO GRANDE
28 abril, 2023

USHUAIA, 27 de Abril de 2023.

VISTO la Resolución General AREF Nº 016/16; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se fijaron los valores y porcentuales de graduación del denominado Cargo por Liquidación (exigible por cada liquidación de deuda y su notificación al contribuyente o responsable) y del Cargo por Notificación (exigible por cada notificación que esta Agencia curse a un contribuyente o responsables con el fin de exigir el cumplimiento de una obligación material o deber formal).

Que este último concepto, fijado actualmente en la suma de PESOS CINCUENTA($ 50), debería ser actualizado dado que su valor se ha tornado irrisorio frente a los costos que representa para el Organismo la notificación de Notas, Cédulas de Intimación, Actas de Requerimientos, etc. ya sea por medio de sus oficiales notificadores o bien por medio del correo postal.

Que el Artículo 44 de la Ley Provincial Nº 440 estableció que el Cargo por Notificación podría ser cuantificado en un máximo de PESOS DOSCIENTOS ($ 200); importe que resulta exiguo frente a los costos que conlleva una notificación por cualquiera de los medios mencionados.

Que en virtud de ello, hasta tanto no sea reformado dicho marco jurídico se muestra prudente dejar sin efecto el valor establecido para el Cargo por Notificación.

Que, por su parte, las notificaciones que se cursen por medios electrónicos o digitales, como por ejemplo mediante correo electrónico o a través de la plataforma o los sistemas o aplicativos habilitados por esta Agencia, no devengan el Cargo por Notificación debido a que no insume ningún costo adicional cuantificable. Siendo esta la principal vía de comunicación actualmente utilizada.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente de esta Agencia.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de normas generales obligatorias como la presente, en virtud de lo establecido en los Artículos 27 y 29 inciso b) del Código Fiscal Unificado (Ley Provincial Nº 1075, t.o. Decreto Provincial Nº 2408/22), los Artículos 8° y 9° inciso l) de la Ley Provincial Nº 1074, el Artículo 44 de la Ley Provincial Nº 440 y el Decreto Provincial Nº 4503/19.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Derogar el Artículo 1° de la Resolución General AREF Nº 016/16 en cuanto establece el valor del Cargo por Notificación; por los motivos expuestos en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ARTÍCULO 3º.- Registrar, Comunicar, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y cumplido, Archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 336/23.