RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 628/20

RESOLUCIÓN GENERAL AREF 622/20
5 octubre, 2020
RESOLUCIÓN GENERAL AREF N° 643/20
20 octubre, 2020

USHUAIA, 13 de octubre de 2020.

VISTO el Decreto Provincial N° 1417/20; las Leyes Provincial Nros. 1074 y1075; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la emergencia pública sanitaria, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el COVID-19, el gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur ha venido implementando diferentes medidas tendientes a mitigar su propagación y su impacto sanitario, evitando en todo lo posible que se vean afectadas las relaciones laborales y las condiciones productivas de la Provincia.

Que a raíz de la situación epidemiológica en la Provincia, mediante Decreto Provincial N° 1417/20 se dispuso adherir al Decreto Nacional de Urgencia N° 792/20 y consiguientemente mantener las fases de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la Ciudad de Ushuaia y de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para la Ciudad de Rio Grande desde el día doce (12) de Octubre y hasta el veinticinco (25) de Octubre de 2020.

Que si bien la Agencia de Recaudación continúa prestando servicios a través de la modalidad de trabajo remoto, las referidas medidas decretadas tendientes a resguardar la salud de los habitantes y evitar la propagación del virus generan dificultades a los contribuyentes para el cumplimiento en debido tiempo de algunas obligaciones fiscales.

Que en virtud de ello, se entiende conveniente declarar como días inhábiles administrativos para todos los distritos los comprendidos entre el el trece (13) al dieciséis (16) de Octubre inclusive.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido en los artículos 8° y 9°, incisos e), l), n) y r) de la Ley Provincial N° 1074, el Decreto Provincial N° 4503/2019.

Por ello:

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – DECLARAR como días inhábiles administrativos para todos los distritos los comprendidos entre el trece (13) al dieciséis (16) de Octubre inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que sean cumplidos en esas fechas. Se deja aclarado que corresponde mantener la modalidad de trabajo remoto para todos los agentes de ese distrito.

ARTÍCULO 2°. – Registrar, dar al Boletín oficial de la Provincia y cumplido, archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 628/20.-