Ushuaia, 11 de Diciembre de 1989
VISTO: La necesidad de simplificar los procedimientos de liquidación de accesorios por pagos fuera de término, en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes no comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, y ;
CONSIDERANDO:
Que, resulta conveniente reunir en un único formulario la liquidación y detalle de deudas impagas, eliminando el requisito de presentación de las declaraciones juradas mensuales y otorgándole tal carácter al formulario de solicitud de liquidación de deudas.
Que, ello redundará en una simplificación del trabajo del contribuyente y asimismo de la documentación a manejar por parte de la Dirección.
Que, el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente de acuerdo a lo dispuesto en el Código Fiscal vigente.
Por ello:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: APROBAR el formulario de “Solicitud de liquidación de Deuda” que se agrega como Anexo de la presente resolución, el que reemplazará con tal carácter al formulario de declaración jurada mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes no comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral, por los períodos comprendidos en la liquidación.
ARTICULO 2º: Comuníquese a los Distritos Ushuaia. Río Grande y Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial del Territorio, cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN D.G.R. N° 175/89