Resolución Gral. AREF N° 311/ 16

12 septiembre, 2016
Resolución Gral. AREF N° 339/16
30 septiembre, 2016

Ushuaia, 19 de septiembre de 2016

VISTO: el Artículo 6° de la Resolución General N° 143/16, y;

CONSIDERANDO:

Que el citado Artículo establece que las personas físicas, las sucesiones indivisas en su carácter de continuadoras de las actividades de las mencionadas personas físicas, las sociedades no constituidas según lo dispuesto en el Capítulo III –tres- de la Ley General de Sociedades de acuerdo a la Leyes nacionales 26.994 y 27.077, o la que en un futuro la reemplace, que al día 01/07/2016 se encuentren inscriptos como contribuyentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos -locales-, deberán adherirse al Régimen Simplificado a través de la presentación del formulario DJ RS-01 Declaración Jurada de Novedades mediante transferencia electrónica de datos, por medio del aplicativo web DRACMA partir del día 01/08/2016 y hasta el día 20/09/2016 siempre y cuando se encuentren comprendidos dentro de los parámetros previstos en la normativa vigente, bajo apercibimiento de ser inscriptos de oficio por la Agencia de Recaudación Fueguina.

Que se ha verificado que aún existen un gran número de contribuyentes que no se han adherido al aplicativo DRACMA..

Que resulta conveniente, en consecuencia, disponer una prórroga hasta el 14 de octubre próximo, a efectos de propiciar que la totalidad de los contribuyentes que liquidan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo la modalidad del Régimen Simplificado se adhieran al aplicativo.

Que, el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente, en virtud de lo establecido en los Artículos 27 y 29 incisos b) y g) del Código Fiscal vigente -Ley Pcial 1075-, los Artículos 8° y 9° incisos l) y n) de la Ley Provincial 1074 y el Decreto Provincial N° 045/16.

POR ELLO:

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN FUEGUINA

R E S U E L V E:

ARTICULO 1°: Prorrogar hasta el 14 de octubre de 2016 inclusive, la fecha límite a efectos que los contribuyentes comprendidos en el Artículo 6° de la Resolución General AREF N° 143/16 se incorporen al aplicativo DRACMA.

ARTICULO 2°: Registrar, dar al Boletín Oficial y cumplido archivar.

RESOLUCIÓN GENERAL AREF Nº 311/16.-